Dentro de las principales propuestas y medidas adoptadas por la Comisión Europea para abordar el COVID19, se incluye la aprobación del Marco Nacional Temporal de Ayudas de Estado.
Con fecha 2 de abril, la Comisión ha aprobado el marco español temporal de ayudas de estado, al amparo del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, adoptado por la Comisión el 19 de marzo de 2020 (Consulta la noticia).
Este régimen permite a las autoridades españolas (a nivel nacional, regional y local) conceder ayudas para apoyar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus, aportando liquidez a los autónomos, a las pymes y a las grandes empresas mediante subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales y facilidades de pago, garantías para préstamos y tipos de interés bonificados para préstamos.
La Comisión ha considerado que la medida española se ajusta a las condiciones establecidas en el Marco Temporal. En concreto:

- Con respecto a las subvenciones directas, los anticipos reembolsables, las ventajas fiscales y las facilidades de pago, la ayuda no sobrepasará los 800.000 euros por empresa tal y como se establece en el Marco Temporal.
- En cuanto a las garantías estatales y los tipos de interés subvencionados, i) el importe del préstamo por empresa y su duración están limitados, tal como se dispone en el Marco Temporal, y ii) las primas de las comisiones de garantía y los tipos de interés tampoco superan los niveles previstos en el Marco Temporal.
La Comisión ha concluido que la medida es necesaria, adecuada y proporcionada para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro, conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y a las condiciones establecidas en el Marco Temporal.
«El régimen marco español aprobado hoy apoyará a los autónomos, a las pymes y a las
grandes empresas afectadas por el brote de coronavirus a través de una amplia gama de medidas de
apoyo público. Estas incluyen subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales y
facilidades de pago, garantías públicas para préstamos y préstamos en condiciones favorables. De esta
forma se ayudará a las empresas españolas a cubrir sus necesidades inmediatas de capital circulante e
inversión en estos tiempos difíciles. Seguimos trabajando estrechamente con los Estados miembros
para garantizar que las medidas nacionales de apoyo puedan establecerse a tiempo, de forma
coordinada y eficaz, en consonancia con las normas de la UE».
Margrethe Vestager, Comisaria Europea de Competencia
Fuente oficial: click aquí
Otras medidas que iremos diseminando los próximos días en nuestro blog incluyen:
- Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus (CRII+ o IIRC+).
- Iniciativa SURE: Instrumento de apoyo temporal para mitigar los riesgos de desempleo en una emergencia (Plan Europeo de Reaseguro de Desempleo).
- Instrumento de Ayuda de Emergencia de la Unión Europea en favor del sector sanitario.
